Este Reglamento será aplicable en todos los casos en los que el
monto en disputa, sumando la demanda y la eventual
reconvención, no exceda el límite establecido para estos efectos
en la Tabla de Pagos y Aranceles de Arbitraje Express del
Centro, o
En caso que las partes, o alguna de las partes, proponga su
aplicación, siempre que se cuente con decisión favorable del
Centro.

